Elegir entre un alquiler de temporada y una vivienda habitual es una de las decisiones más importantes tanto para propietarios como para inquilinos. Aunque a simple vista pueden parecer similares, existen diferencias clave que afectan a la duración del contrato, la fiscalidad, los derechos de cada parte y la rentabilidad del inmueble. Entender la diferencia entre alquiler de temporada y vivienda habitual te ayudará a evitar problemas legales, optimizar tus ingresos y cumplir con la normativa vigente.
En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber para tomar la mejor decisión según tu situación.
Elegir correctamente entre un alquiler de temporada y una vivienda habitual no es solo una cuestión de tiempo de estancia, sino también de protección legal, obligaciones fiscales y beneficios económicos para ambas partes.
Optar por la modalidad adecuada garantiza que el contrato cumpla con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y evita problemas como sanciones o recargos fiscales.
Además, conocer bien cada tipo de contrato permite maximizar la rentabilidad del inmueble y ajustarse a las necesidades reales del arrendador y del inquilino, ya sea para periodos vacacionales, traslados laborales o residencia permanente. En los próximos apartados, desglosaremos qué caracteriza a cada modalidad, sus diferencias legales y fiscales, y consejos prácticos para elegir la opción que más te convenga.
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La vivienda habitual es aquella residencia principal y permanente de una persona o familia. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), un contrato de vivienda habitual se establece cuando el inquilino ocupa el inmueble como su domicilio habitual y permanente, lo que le otorga una serie de derechos y protecciones específicas.
Por ejemplo, la duración mínima del contrato suele ser de cinco años si el arrendador es persona física (o siete si es persona jurídica), con derecho a prórrogas automáticas si ninguna de las partes manifiesta lo contrario. Además, el inquilino goza de una protección reforzada frente a desahucios y puede beneficiarse de deducciones fiscales en algunos casos.
Para que una vivienda sea considerada habitual, el inquilino debe residir en ella durante un plazo continuado y usarla como domicilio fiscal y centro de vida familiar. Si estas condiciones no se cumplen, la Agencia Tributaria podría recalificar el contrato como alquiler de temporada, lo que cambia sus efectos legales y tributarios.
El alquiler de temporada es una modalidad de arrendamiento regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), pensada para cubrir necesidades de vivienda puntuales y limitadas en el tiempo, sin que se convierta en residencia habitual del inquilino.
Este tipo de contrato se utiliza, por ejemplo, para alojar a trabajadores desplazados temporalmente, estudiantes durante un curso académico, turistas o personas que necesitan una estancia corta por motivos de salud o trabajo. A diferencia de la vivienda habitual, el alquiler de temporada no tiene una duración mínima ni prórrogas obligatorias, aunque sí debe especificar de forma clara y justificada la causa temporal en el contrato.
Es fundamental acreditar el carácter no permanente de la estancia para evitar problemas legales o revisiones fiscales. Por eso, se recomienda adjuntar documentos que justifiquen el motivo de la estancia (matrícula universitaria, contrato laboral temporal, etc.).
Además, en los alquileres de temporada, la relación entre arrendador e inquilino es más flexible, pero el arrendatario no disfruta de la misma protección que en un contrato de vivienda habitual.
Para entender de un vistazo la diferencia entre alquiler de temporada y vivienda habitual, nada mejor que una tabla comparativa. Esta herramienta resume los aspectos clave que debes tener en cuenta antes de firmar un contrato:
Aspecto
Vivienda habitual
Alquiler de temporada
Duración mínima
5 años (7 si es persona jurídica)
No hay duración mínima establecida
Prórrogas
Automáticas hasta alcanzar la duración mínima legal
No existen prórrogas obligatorias
Motivo de uso
Domicilio permanente y principal
Necesidad puntual o estacional
Fianza
1 mensualidad de renta
1 mensualidad de renta (o más, según acuerdo)
Protección legal del inquilino
Alta protección frente a desahucios
Menor protección, finaliza según contrato
Fiscalidad
Deducción IRPF en algunos casos
Sin deducción especial, se declara como rendimiento del capital inmobiliario
Revisión del contrato por Hacienda
Poco frecuente si es vivienda real
Posible recalificación si se detecta uso habitual
Esta tabla te ayuda a comparar de forma rápida los elementos clave. Antes de decidir, revisa bien cada punto y asegúrate de que el contrato refleje claramente el uso real de la vivienda para evitar problemas legales o fiscales.
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